El 25 de julio de 2002, en Rosario, el conductor de un Renault 9 circulaba por la avenida Pellegrini y al llegar a la intersección de la calle Italia, con el semáforo en rojo y en momentos en que una mujer de 80 años se encontraba caminando por la senda peatonal, la atropelló, provocándole lafracura de peroné, por lo cual debió ser operada en tres oportunidades, tras lo cual quedó con secuelas para movilizarse.

Según la información brindada por Tiempo de Justicia, el Tribunal de Responsabilidad Extracontractual Nº1 destacó que «el peatón es el sujeto más vulnerable en el tránsito». Incluso, aclararon que el conductor demandado tiene «la obligación de conservar el dominio del vehículo yestar atento a las contingencias del tránsito«.
Además, detallaron que al momento del hecho el auto no tenía cobertura de seguro y tampoco el siniestro fue denunciado en la compañía aseguradora. Por ello, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de los tribunales provinciales de Rosario sostuvo que no se puede extender el pago de la indemnización a la aseguradora.
El fallo reza que «si llegado el caso en que la póliza se encontrara suspendida o anulada por falta de pago de la prima y se admitiera la posibilidad que la víctima pudiera extender el pago de la indemnización a la aseguradora en virtud de ser afectada por una relación de consumo, tal circunstancia implicaría necesariamente un perjuicio a todos los consumidores de seguros, ya que las compañías aseguradoras deberían modificar la ecuación económica de los contratos».
Ante todo ello, confirmaron que el conductor del Renault 9 y el titular registral fueron condenados a pagarle a la mujer la suma de $151.000, que con los intereses correspondientes se eleva a $700.000.0012056807